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Políticas antisoborno de comercio de Yutong

Todos los empleados de Yutong deberán cumplir estrictamente la política de gestión de cumplimiento antisoborno de comercio de Yutong en el curso de sus actividades comerciales externas, así como cuando los distribuidores, proveedores y otros socios de Yutong entablen una cooperación comercial.

Yutong prohíbe estrictamente ofrecer, prometer, dar, autorizar la entrega de dinero o cualquier otra cosa de valor, directa o indirectamente, a funcionarios públicos, personas relacionadas con la contraparte y otras personas relacionadas capaces de influir en la transacción, con el fin de obtener o mantener otros beneficios indebidos en la realización de negocios o comercio, con el fin de influir en los deberes o conducta adecuados de la contraparte.

Yutong prohíbe asimismo a sus empleados aceptar sobornos y solicitar regalos o beneficios directa o indirectamente.

Las personas responsables de sanciones y disciplina corporativa en virtud de las leyes y reglamentos pertinentes no se limitan a los propios sobornadores, sino que también se aplican a las personas u organizaciones que promueven o consienten el soborno, por ejemplo, aprobándolo, encubriéndolo o cooperando con él.

Para determinar si la conducta empresarial relevante de la persona responsable cumple los requisitos de cumplimiento de Yutong, hay que centrarse en los siguientes aspectos como requisitos previos:

a) Momento: si es durante un periodo sensible desde el punto de vista operativo que puede afectar a la toma de decisiones justas, como durante el proceso de licitación, o en una fase importante de la toma de decisiones;

b) Finalidad: si interfiere en el desempeño de las funciones de la persona en cuestión o en los procesos empresariales normales, y si existe una reclamación indebida;

c) Valor: si es coherente con la práctica empresarial normal, si es un regalo de valor superior al ordinario, efectivo o equivalentes de efectivo;

d) La forma en que se ofrece: si tiene que ser no pública, si se ofrece con frecuencia, si elude la normativa de cumplimiento;

e) A quién se facilita: si se trata de una figura políticamente sensible de un funcionario público, si existe conflicto de intereses.

La empresa prohíbe estrictamente toda práctica comercial que pueda percibirse o sospecharse razonablemente como un soborno o que pueda tener un efecto potencialmente negativo o perjudicial para la empresa.

1 Regalos y hospitalidad

Yutong prohíbe la entrega de regalos u hospitalidad con el fin de influir en una decisión o buscar una ventaja indebida, lo cual es contrario a la ética empresarial.

Las señales de riesgo son las siguientes:

a) Tener por objeto solicitar un trato especial con la intención de obtener a cambio una ventaja indebida;

b) Pagar dinero en efectivo o equivalentes directa o indirectamente al destinatario;

c) Ofrecer regalos de valor excesivo o excesivo lujo;

d) Cada una de las regiones operativas, las filiales, las sucursales se salta el proceso de gestión del cumplimiento de los regalos y la hospitalidad corporativos y ofrece hospitalidad a partes externas a través de otras formas;

e) Eludir el correspondiente proceso de gestión de cumplimiento de la empresa mediante cualquier conducta fraudulenta.

Si un regalo o invitación cumple una o más de las características anteriores y no puede justificarse como necesario, razonable y conforme, existen motivos razonables para sospechar que existe un soborno potencial por el regalo o invitación y que el regalo y el pago están prohibidos por la empresa.

2 Prestación de servicios de viajes externos

En el curso del desarrollo de los negocios, no están prohibidos los gastos de viaje sufragados por la empresa cuando se basen en fines comerciales legítimos y razonables y cuando el contenido, la cuantía y la forma en que se realice el viaje sean apropiados.

Yutong prohíbe la realización de viajes externos con intención de soborno y.

Las señales de riesgo son las siguientes:

a)Proporcionar viajes externos con fines no profesionales, como viajes privados para clientes;

b)Proporcionar elementos de viaje que sean inapropiados, ilegales, no se ajusten a las prácticas comerciales o puedan considerarse soborno, como viajes en avión privado, juegos de azar, entretenimiento para adultos, drogas, sustancias similares a las drogas, etc.;

c)Infracción de las leyes y reglamentos aplicables;

d)Violación de la política de la unidad receptora relativa a la aceptación de viajes externos;

e)Presentación de información falsa o materiales falsificados;

f)Proporcionar cualquier tipo de viaje externo durante un periodo sensible desde el punto de vista operativo a partes externas que tengan autoridad para tomar decisiones o puedan ejercer una influencia significativa sobre el asunto (o la operación) correspondiente a dicho periodo sensible, a menos que se base en obligaciones legales o contractuales preexistentes.

3 Cooperación con terceros

Antes de emprender una cooperación:

Es necesario llevar a cabo evaluaciones de cumplimiento antisoborno de comercio de terceros socios antes de trabajar con ellos por primera vez. La evaluación incluye la realización de cuestionarios, la firma de acuerdos de la construcción de administración limpia y honesta, acuerdos antisoborno de comercio y otros compromisos de cumplimiento; en el caso de transacciones importantes con socios, se puede recurrir a una agencia de investigación independiente para que lleve a cabo una diligencia debida sistemática.

Durante la cooperación:

En el proceso de cooperación con terceros, si surgen nuevas señales de riesgo o incluso infracciones, la empresa aplicará medidas de control del cumplimiento y de respuesta adecuadas a su nivel de riesgo de acuerdo con el proceso de respuesta de la empresa, incluyendo, entre otras, la suspensión de la cooperación, la suspensión del pago, el reexamen, la auditoría de cumplimiento o incluso la finalización de la cooperación con dicho socio tercero, y se reservará el derecho a interponer los recursos legales que sean necesarios.

Las señales de riesgo son las siguientes:

a)Cuando los productos y servicios que vaya a proporcionar el socio no se ajusten a su ámbito de actuación, capacidad de cualificación o experiencia en proyectos, y cuando no pueda justificar razonablemente su uso y aportar pruebas de su capacidad;

b)El socio colaborador ha sido sancionado por prácticas corruptas;

c)Cuando el socio es designado, recomendado por un funcionario, cliente u otra parte interesada, o nombrado internamente por la empresa;

d)Las condiciones de pago exigidas por el socio no se ajustan a las directrices vigentes en el sector, o existen prácticas de pago inusuales;

e)El socio es una empresa ficticia o un individual;

f)Cuando el socio es una sociedad extraterritorial y no puede justificar adecuadamente la necesidad, la razonabilidad y el cumplimiento de la transacción;

g)Cuando el coste del servicio sea excesivo y no justifique adecuadamente la necesidad, razonabilidad y conformidad de la operación;

h)La descripción del contenido del acuerdo de cooperación es poco clara.

4 Operaciones de venta de los concesionarios

La empresa tendrá cuidado en la selección, utilización y gestión de los distribuidores y en la gestión de las operaciones de venta de los distribuidores y cumplirá y hará cumplir estrictamente las leyes nacionales aplicables, las leyes y reglamentos anticorrupción y antisoborno del extranjero y los requisitos del Reglamento de Gestión Antisoborno de Comercio de la empresa mientras dure la relación con sus distribuidores con el fin de evaluar y gestionar eficazmente los posibles riesgos de soborno en las operaciones de venta de los distribuidores.

Las señales de riesgo son las siguientes:

a)Presentación de documentos o materiales falsos o falsificados como justificantes;

b)Aplicación de precio de venta/descuento, rebaja y otros importes a cuentas y usos que no se corresponden con la sustancia del negocio, es decir, las cuentas no coinciden con los hechos;

c)El precio de venta de la empresa solicitado por el distribuidor es tal que el beneficio está por debajo del rango razonable establecido o el descuento está por encima del rango razonable establecido y no puede justificarse como necesario;

d)La solicitud por parte de un concesionario de descuentos adicionales u otros incentivos por encima de los descuentos establecidos por la empresa para los concesionarios de la misma clase, que no puedan justificarse como necesarios y razonables;

e)Los concesionarios exigen a la empresa que les abone los descuentos en efectivo en forma de compras u otras comisiones;

f)Pruebas de posible intención o conducta de soborno comercial por parte del distribuidor en la distribución, o intención o conducta de obtener una ventaja indebida para la empresa.

5 Patrocinios comerciales

El patrocinio comercial, por su propia naturaleza, puede convertirse fácilmente en un canal encubierto para el soborno. Por lo tanto, antes de que el solicitante y el departamento solicitante pretendan llevar a cabo actividades de patrocinio comercial, deben considerar si la actividad está en línea con los objetivos de desarrollo estratégico de la empresa y si puede mejorar la imagen de marca de Yutong, y deben completar la aprobación de la empresa antes de llevar a cabo la actividad.

Las señales de riesgo son las siguientes:

a)El objeto del patrocinio es un individual o un departamento gubernamental;

b)El patrocinio se concede a un socio comercial en un momento excepcional y carece de una razón válida;

c)Sin firmar un acuerdo de patrocinio;

d)Uso de fondos patrocinados o en especie para artículos no relacionados con el patrocinio;

e)Uso de fondos patrocinados para adquirir artículos que no se ajusten a la naturaleza del acto y que presenten riesgo de soborno;

f)Patrocinio comercial a un precio claramente irrazonable.

6 Donaciones públicas

La empresa siempre ha apoyado y animado a sus empleados a participar en el servicio público, pero prohíbe el uso de la caridad y las donaciones para disfrazar fines corruptos.

Las señales de riesgo son las siguientes:

a)El concesionario no está legalmente establecido o no tiene las cualificaciones adecuadas, o el concesionario tiene antecedentes de casos de soborno, infracción de sanciones o información negativa en los medios de comunicación de fuentes públicas;

b)Donaciones a gobiernos, grupos políticos, organizaciones con ánimo de lucro o particulares;

c)Sin firmar un acuerdo de donación jurídicamente vinculante;

d)Acuerdos de donación con condiciones comerciales adjuntas para realizar donaciones con fines comerciales;

e)Donación de materiales que no sean legales y razonables;

f)Uso de bienes donados para actividades que no sean de beneficio público;

g)La entrega de facturas por donaciones pro bono no cumple las leyes y políticas locales en materia financiera y fiscal;

h)Existen anomalías en la forma de pagar las donaciones o cuando no se ha producido realmente ninguna actividad de donación, pero se transfiere dinero a un tercero a través de una donación, existe el riesgo de que se produzca un pago indebido.

7 Medidas disciplinarias

Yutong aplica un enfoque de "tolerancia cero" frente al soborno. Yutong adoptará las medidas disciplinarias oportunas contra cualquier miembro del personal que infrinja las leyes y reglamentos antisoborno y/o los requisitos de gestión del cumplimiento de la normativa anticorrupción de la empresa. Las acciones disciplinarias pueden remitirse al Reglamento de Gestión de Recompensas y Castigos de Yutong Autobús.

8 Consulta y presentación de informes

Si le preocupa alguna acción o actividad, puede pedir ayuda a las siguientes personas:

a)Su superior inmediato, el jefe de departamento o una capa de gestión de mayor rango;

b)Comisario del Comité de Disciplina de la Empresa o del Sistema;

c)Comisario para la gestión del cumplimiento penal en la División de Asuntos Jurídicos.

Yutong anima a todos los clientes, socios y empleados a que vigilen y denuncien las prácticas comerciales de la empresa o de sus empleados o socios, y a que informen de cualquier infracción de esta política cuando tengan conocimiento de ella. Los canales para informar incluyen: Correo electrónico: lzyx@yutong.com

Toda la información incluida en el informe se tratará con estricta confidencialidad y no se permitirán represalias contra los denunciantes.

(Por favor, introduzca el código de su país/región y su número de teléfono móvil)

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